El Charro veton escribió:Una de las cosas más irritantes –entre las muchas cosas irritantes que hace el nacionalismo– es eludir la obviedad de que en Cataluña los poderes públicos discriminan el idioma castellano (la obviedad de que los padres no pueden escoger la lengua de escolarización de sus hijos; la obviedad de que existen multas lingüísticas a los comercios) mediante el expediente de recordar que en Cataluña no hay ningún conflicto lingüístico. Esto es de una perversión casi insuperable. ¡Claro que en Cataluña no hay un conflicto lingüístico! No lo hay gracias a la sociedad catalana, que es infinitamente más sensata que aquellos a quienes encarga la tarea de gobernarla. No lo hay a pesar de todas las temeridades cometidas por el nacionalismo gobernante. Así pues, aquello que constituye una virtud de civilidad y de tolerancia de la sociedad catalana es usado por su clase política para esconder las operaciones liberticidas y discriminatorias que lleva a cabo a diario con su gente. En conclusión: en Cataluña no hay conflicto lingüístico... a pesar de la violación masiva de derechos que cometen sus gobernantes nacionalistas.
Por mucho que te desgañites, en Catalunya no hay ningún conflicto lingüistico como no hay ningún conflicto religioso o cultural.
Por cierto, en el resto de España los padres no pueden elegir su lengua materna para escolarizar a sus hijos ... ni siquiera aún siendo una lengua española como es la catalana!!! Y tambien existen multas lingüisticas defendiendo el castellano.
Un ejemplo:
Multa a IKEA por no etiquetar "al menos en la lengua española"
La Agencia Catalana de Consumo publica en el DOGC el anuncio de una sanción de 8.000 euros
Efe
viernes, 19 de febrero de 2010, 09:52
Barcelona.- La Agencia Catalana de Consumo ha hecho pública la interposición de una sanción grave de 8.000 euros a Ikea Ibérica SA por no etiquetar diversos productos industriales “al menos, en la lengua española oficial del Estado”. La resolución sancionadora 08A001/698/2007, del día 30 de mayo de 2008, fue ratificada en recurso de alzada por el consejero de Economía y Finanzas el pasado 30 de septiembre de 2009, y publicada el pasado 16 de febrero en el Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña (DOGC).
El anuncio explica que la sanción se aplica por “el incumplimiento de las disposiciones que regulan el etiquetaje”. La resolución hace mención expresa al artículo 23 de la Ley 1/1990, de 8 de enero, sobre la disciplina de mercado y la defensa de los consumidores y usuarios.
La sanción aplicada se basa en el etiquetaje de los productos industriales, alimentarios y textiles. "No indican las características esenciales del producto, instrucciones, advertencias, consejos o recomendaciones sobre instalaciones, uso y mantenimiento; no indican el domicilio de la empresa; y hay inscripciones que no están, al menos, en la lengua española oficial del Estado”, afirma la Agencia Catalana de Consumo.
Si es que ....